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Condenan a dos años al hombre que violó a su pareja ebria en el Llevant de Mallorca

Condenan a dos años de prisión a un joven por abusar sexualmente de su pareja ebria en el Llevant de Mallorca. La pena queda suspendida si paga 20.000 euros de indemnización.

Laura CifreLaura Cifre··4 min de lectura

La Audiencia de Palma ha condenado a un joven de 29 años a dos años de prisión por abusar sexualmente de su pareja mientras ella estaba ebria. El acusado reconoció los hechos y la pena se suspendió a cambio de pagar 20.000 euros de indemnización.

La Audiencia de Palma dictó ayer sentencia firme contra un joven de 29 años por abusar sexualmente de su pareja cuando ella se encontraba ebria. Los hechos ocurrieron en diciembre de 2019 en una vivienda de un municipio del Llevant de Mallorca. El acusado, de nacionalidad española y sin antecedentes, reconoció los hechos ante la Sección Segunda y aceptó una condena de dos años de prisión por un delito de abuso sexual con penetración.

Acuerdo entre las partes tras siete años de dilaciones

Inicialmente, la Fiscalía pedía doce años de cárcel por un delito de violación con agravantes de género y parentesco. Sin embargo, el ministerio público rebajó su solicitud al alcanzar un acuerdo con la acusación particular y la defensa. El fiscal modificó el relato para reflejar que la víctima estaba incapacitada para consentir debido a su embriaguez, lo que rebajó la calificación a abuso sexual.

Además, se aplicó la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, ya que el caso se inició a finales de 2019 y ha tardado casi siete años en resolverse. La demora procesal fue clave para reducir la pena, según fuentes judiciales. También se suprimieron las agravantes de género y parentesco que inicialmente se contemplaban.

El acusado se conformó con la condena y la Sala dictó sentencia in voce. Además de los dos años de prisión, se le impusieron cinco años de libertad vigilada y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima durante diez años. En concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizarla con 20.000 euros por daños morales y psicológicos.

Pena suspendida: pagar o volver a prisión

El tribunal aceptó la petición de la defensa y suspendió la ejecución de la pena de prisión durante tres años, siempre que el condenado no delinca y pague la indemnización en un plazo de dos años. Durante la vista, el hombre reconoció que no trabaja, pero se comprometió a abonar la cantidad: “No trabajo, pero yo iré pagando. Mis padres me ayudarán”, aseguró.

La víctima, que residía con el acusado desde noviembre de 2019, sufrió la agresión la noche del 10 de diciembre de ese año. Según la sentencia, el hombre comenzó a besar a su pareja mientras ella dormía en la cama del domicilio conyugal, aprovechando su estado de embriaguez. La joven no pudo oponer resistencia debido a su intoxicación etílica.

El fallo es firme, ya que ninguna de las partes anunció recurso. Para los vecinos de la comarca del Llevant, el caso supone un recordatorio de la importancia de la denuncia y la protección a las víctimas de violencia sexual, especialmente cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad. La asociación de mujeres de la zona ha mostrado su preocupación por la rebaja de la condena, aunque ha valorado la indemnización económica como un gesto reparador.

Un precedente en la comarca

Este tipo de acuerdos, que evitan el juicio oral, son cada vez más frecuentes en los tribunales mallorquines. En este caso, la atenuante de dilaciones indebidas permitió reducir drásticamente la pena inicial. La Audiencia de Palma ha aplicado el criterio de celeridad para cerrar un caso que se arrastraba desde 2019.

El condenado deberá cumplir estrictamente las condiciones impuestas: no delinquir en tres años y pagar los 20.000 euros en dos años. Si incumple, la suspensión se revocará y deberá ingresar en prisión. La indemnización, según el acuerdo, se destinará a reparar el daño psicológico causado a la víctima, que ha recibido apoyo de servicios sociales del municipio.

Para los residentes del Llevant, la noticia subraya la necesidad de recursos locales de atención a víctimas de agresiones sexuales, como el punto de información de Manacor, que ofrece asesoramiento gratuito. El caso, aunque resuelto judicialmente, deja abierta la reflexión sobre los plazos de la justicia y la protección de las mujeres en situaciones de vulnerabilidad.

¿Por qué la pena es solo de dos años si inicialmente pedían doce?

Se aplicó una atenuante de dilaciones indebidas (el caso tardó siete años) y se rebajó la calificación de violación a abuso sexual al considerar que la víctima estaba ebria y no pudo consentir.

¿El condenado irá a la cárcel?

No, la pena de prisión está suspendida durante tres años, siempre que no delinca y pague la indemnización de 20.000 euros en dos años.

¿Dónde ocurrieron los hechos?

En una vivienda de un municipio de la comarca del Llevant de Mallorca, donde la pareja convivía desde noviembre de 2019.

Laura Cifre

Escrito por

Laura Cifre

Redactora

Periodismo por la UIB con el escáner policial de fondo. Duerme poco, desconfía de la previsión del tiempo y madruga sin protestar (casi); cubre sucesos, sanidad y lo que preocupa al vecino.