La Audiencia de Bizkaia ha condenado a nueve personas por estafar a la siderúrgica Nervacero al clasificar chatarra barata como cara. Las penas oscilan entre diez meses y un año de cárcel, y deberán indemnizar a la empresa con más de 404.000 euros.
La Sección Sexta de la Audiencia de Bizkaia ha dictado sentencia contra nueve personas acusadas de defraudar a la empresa Nervacero, con sede en Vizcaya, mediante un fraude en la clasificación y venta de chatarra. Seis de ellos han sido condenados como autores o cooperadores necesarios de un delito de estafa agravada, con penas de un año de prisión y multa de 2.700 euros cada uno. Los otros tres, considerados autores de un delito continuado de estafa, deberán cumplir diez meses y quince días de cárcel. Además, todos ellos tendrán que indemnizar conjunta y solidariamente a la compañía con 404.812 euros.
El entramado: chatarra barata vendida como cara
Según la sentencia, los condenados —clasificadores de chatarra de Nervacero, transportistas y empleados de empresas proveedoras— se aprovecharon de sus cargos para obtener un beneficio económico ilícito. El tribunal considera probado que, con el ánimo de obtener una ventaja patrimonial, declaraban y vendían chatarra de baja calidad (de primera, segunda y viruta) como si fuera chatarra nueva, estructural o fragmentada, que tiene un precio más elevado.
La estafa se prolongó durante años, aunque solo se han podido acreditar las operaciones realizadas entre el 28 de noviembre de 2011 y el 23 de mayo de 2012. En ese periodo, se efectuaron más de 450 entregas de chatarra barata cuya clasificación fue alterada deliberadamente. Las ganancias obtenidas se repartían entre los implicados, según recoge el fallo.
Absoluciones y dilaciones indebidas
El tribunal ha absuelto a otras ocho personas físicas y a siete empresas que también estaban encausadas en el procedimiento. La resolución señala que los condenados actuaron en su propio nombre y beneficio, sin que conste que lo hicieran en el marco de decisiones adoptadas por las mercantiles para las que trabajaban. Tampoco se ha acreditado un defecto relevante en los mecanismos de control de la empresa que hubiera facilitado el fraude, lo que ha llevado a la absolución de las compañías.
La Audiencia de Bizkaia reconoce la complejidad de la instrucción, que se ha alargado más de 14 años desde que se incoó el procedimiento hasta la celebración del juicio en febrero de 2026. Por ello, ha apreciado la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada, lo que ha reducido las penas solicitadas inicialmente.
Para los vecinos de la comarca vizcaína donde opera Nervacero, esta sentencia supone un cierre a un caso que ha afectado a la confianza en el sector industrial local. La empresa, que da empleo a cientos de trabajadores en la zona, ha visto reconocido el perjuicio económico sufrido, aunque el proceso judicial se ha demorado más de lo deseable. Ahora, los condenados deberán hacer frente a las indemnizaciones y penas impuestas, en un caso que sirve de advertencia sobre las prácticas fraudulentas en la gestión de residuos metálicos.
¿Cuánto tiempo de cárcel han recibido los condenados por la estafa a Nervacero?
Seis de ellos han sido condenados a un año de prisión y multa de 2.700 euros, mientras que otros tres deberán cumplir diez meses y quince días de cárcel.
¿Cuál es el importe de la indemnización que deben pagar a Nervacero?
Los condenados deberán indemnizar conjunta y solidariamente a la empresa con 404.812 euros por el perjuicio ocasionado.
¿Por qué se han alargado tanto las diligencias en este caso?
La instrucción duró más de 14 años debido a la complejidad del caso, con numerosos implicados, informes periciales y recursos, lo que ha llevado a aplicar la atenuante de dilaciones indebidas.
