Un joven de 18 años ha sido condenado a seis años de internamiento en régimen cerrado por violar a su prima de cuatro años en su domicilio de Palma. Los hechos ocurrieron en agosto de 2025, cuando el agresor, entonces menor, cuidaba de la pequeña y sus hermanos.
El Tribunal de Menores de Palma ha condenado a un joven de 18 años a seis años de internamiento en régimen cerrado por violar a su prima, de cuatro años, en el domicilio familiar de la capital balear. La sentencia, dictada por la magistrada del juzgado de menores, considera probado que el agresor aprovechó un momento en que se quedó al cuidado de la niña y sus hermanos para cometer la agresión sexual.
Los hechos ocurrieron el 19 de agosto de 2025. La madre de la víctima había salido a realizar una gestión y pidió al joven, que entonces tenía 17 años, que vigilara a sus primos. El padre se encontraba trabajando. Según la resolución judicial, cuando todos los niños dormían, el adolescente violó a la menor de cuatro años y luego le pidió que no se lo contara a nadie, prometiéndole «una chuche».
Esa misma noche, la madre notó que la pequeña se quejaba de dolor al orinar. Al preguntarle qué había pasado, la niña relató lo sucedido con sus propias palabras y gestos. Al día siguiente, una revisión médica confirmó que presentaba lesiones en los genitales. Los padres interpusieron una denuncia ante la Policía Nacional, y agentes de la Unidad de Familia y Mujer (Ufam) arrestaron al joven.
Durante la investigación, los padres descubrieron que el chico ya había sido condenado anteriormente por dos delitos de agresión sexual cuando tenía 14 años, por los que cumplió un año de internamiento en un centro. En el juicio, celebrado en la sede judicial de sa Gerreria, en Palma, el acusado negó los hechos y alegó que las lesiones podrían deberse a que la había limpiado con fuerza después de ir al baño.
La magistrada no dio credibilidad a esa versión. Destacó el relato «consistente y coherente» de la víctima, pese a su corta edad, y señaló que no hay motivo para que la niña narre estos hechos si no fueran ciertos. La sentencia añade que la menor sufre «un trauma que es compatible con haber sufrido una agresión sexual» y ha precisado atención psicológica. También menciona a los padres, que «no tienen ningún motivo de odio o venganza» y que «lo único que les mueve es que se aclare lo ocurrido para que no vuelva a pasar nada parecido».
La condena impuesta es de seis años de internamiento en régimen cerrado, seguidos de cinco años de libertad vigilada. Además, se prohíbe al agresor acercarse a la víctima durante seis años a partir de su primer permiso de salida. La sentencia subraya la especial gravedad de los hechos por la situación de vulnerabilidad de la víctima y los antecedentes del condenado.

