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Urbanismo inicia el expediente de ruina del edificio de Joan Miró en Palma

Urbanismo de Palma inicia el expediente de ruina del edificio de Joan Miró, desalojado desde octubre por riesgo de derrumbe. La propiedad tiene 30 días para alegar.

Joan FerràJoan Ferrà· · 2 min de lectura

La Gerencia de Urbanismo de Palma ha abierto el expediente para declarar en ruina el inmueble del número 288 de la avenida Joan Miró, desalojado y precintado desde octubre de 2025. El edificio, construido en 1950, presenta deterioro estructural y su futuro depende de las alegaciones en los próximos 30 días.

El expediente de ruina del edificio de la avenida Joan Miró, en la esquina con el Camí de Cala Major, arranca con un plazo de 30 días para que la propiedad y los arrendatarios presenten alegaciones. La decisión final determinará si el inmueble puede rehabilitarse o debe ser demolido.

Un edificio sin viviendas, pero con locales comerciales

El inmueble, construido en 1950, alberga cinco locales comerciales en la planta baja, mientras que las plantas superiores estaban arrendadas conjuntamente como un único establecimiento. El expediente no afecta a viviendas, según ha confirmado Urbanismo.

Los problemas estructurales salieron a la luz en octubre de 2025, cuando el inquilino de uno de los locales alertó a los Bomberos de Palma tras descubrir una grieta en una viga. Técnicos de Urbanismo y agentes de la Policía Local acudieron al lugar.

Medidas preventivas y apuntalamiento

La primera inspección concluyó que el daño podía comprometer la estabilidad del edificio. Como medida preventiva, el Ayuntamiento ordenó desalojar y precintar los comercios, prohibiendo el uso de todas las dependencias. Los bomberos apuntalaron inicialmente el local donde apareció la grieta para sostener el forjado.

Posteriormente, Urbanismo ordenó apuntalar todos los forjados y elaborar un informe completo sobre la estabilidad estructural del inmueble. El certificado técnico que acompaña la solicitud de ruina confirma que el edificio presenta "deterioro estructural" y cumple las circunstancias previstas en la normativa urbanística.

El futuro del inmueble, en manos de la propiedad

La resolución final del expediente deberá concretar el alcance de los daños y las actuaciones que tendrá que asumir la propiedad. Urbanismo sostiene que la apertura del expediente da continuidad a "las medidas adoptadas para proteger tanto a las personas como al propio inmueble".

Entre los espacios afectados figuraba también la terraza descubierta de un conocido local nocturno con acceso desde el Camí de Cala Major. Los establecimientos continúan cerrados desde el precinto de octubre.

Los vecinos de la zona y los clientes de los locales comerciales afectados deberán esperar a que se resuelva el expediente. El Ayuntamiento recuerda que la propiedad es la responsable última de las actuaciones que se deriven de la declaración de ruina.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar alegaciones si soy propietario o arrendatario?

El plazo es de 30 días desde el inicio del expediente. Debes presentar documentación que justifique la rehabilitación o el estado del inmueble.

¿Qué pasa si el edificio se declara en ruina definitiva?

La propiedad deberá demolerlo o asumir las obras de rehabilitación que ordene Urbanismo. Si no lo hace, el Ayuntamiento puede ejecutar las obras subsidiariamente.

¿Los locales comerciales pueden reabrir mientras se tramita el expediente?

No, el precinto se mantiene hasta que se resuelva el expediente y se garantice la seguridad estructural del edificio.

Joan Ferrà

Escrito por

Joan Ferrà

Redactor

Ciencias Políticas por la Universitat de les Illes Balears y veterano de los plenos isleños. Mallorquín de secano, cafetero y con paciencia para la burocracia balear; lleva años contando la política y la sociedad de la isla.