El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha absuelto al IbSalut de toda responsabilidad en la muerte de un niño de poco más de un año en el hospital de Son Espases (Palma) en 2019, tras una reacción adversa a la anestesia durante una operación.
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha dictado sentencia firme que exculpa al Servicio de Salud de Baleares (IbSalut) de cualquier responsabilidad en la muerte de un niño de 14 meses ocurrida en 2019 en el hospital de Son Espases, en Palma. El pequeño falleció tras sufrir una reacción adversa e imprevisible al fármaco anestésico durante una intervención quirúrgica programada.
Los padres del menor, que nació en 2018 con una malformación en los dedos, presentaron una demanda administrativa contra la sanidad pública balear al considerar que el anestesista no les había informado de todos los riesgos posibles. Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJB ha rechazado sus pretensiones y ha declarado que la actuación médica fue correcta y ajustada a la lex artis.
Una reacción imprevisible e inevitable
El niño ya había sido operado con éxito a los pocos meses de vida en el mismo hospital para corregir la malformación congénita. Los médicos advirtieron entonces que serían necesarias varias intervenciones a lo largo de su crecimiento. La segunda operación se realizó en 2019, y los padres firmaron los consentimientos informados tanto del cirujano como del anestesista, en los que se detallaban los posibles riesgos, incluidas las reacciones adversas a la anestesia, aunque estas fueran poco frecuentes.
La cirugía transcurrió sin incidencias, pero durante el proceso de despertar el niño no reaccionó. El fármaco le provocó una reacción negativa que resultó letal en pocas horas, sin que los médicos pudieran revertirla. El informe forense concluyó que se trató de una complicación imprevisible e inevitable, lo que llevó al juzgado de guardia a archivar la causa penal.
Los padres, destrozados, no culparon al cirujano, que había hecho todo lo posible, sino al servicio de anestesia. Al no poder demostrar negligencia en la operación, optaron por la vía administrativa alegando falta de información sobre todos los riesgos posibles.
El consentimiento informado, clave en la sentencia
El tribunal ha valorado que, aunque en el expediente administrativo no constaba el documento de consentimiento del anestesista —hecho que la sentencia califica de “ciertamente irregular”—, los padres ya habían firmado un consentimiento similar en la primera operación, donde sí se detallaban las posibles reacciones adversas. Para la Sala, esto demuestra que la información fue facilitada y que los padres conocían los riesgos.
La sentencia subraya que no se ha acreditado que el anestesista ocultara información ni que actuara de forma negligente. La reacción al fármaco era imprevisible, y los médicos siguieron el protocolo establecido. Por tanto, el TSJB desestima la demanda y absuelve al IbSalut de cualquier responsabilidad patrimonial.
Para los vecinos de Palma y de Baleares, esta sentencia refuerza la confianza en el sistema público de salud: los profesionales actuaron conforme a la ciencia y la ley, y no cabe imputar responsabilidad cuando un suceso adverso es inevitable. El caso recuerda la importancia de los consentimientos informados, que en este caso, pese a la ausencia del documento concreto, se consideraron suficientes por la información previa.
Los padres, que han luchado durante años en los tribunales, ven ahora cerrada la vía judicial. La sentencia es firme y no cabe recurso ordinario. El IbSalut ha mostrado su respeto por la decisión judicial y ha trasladado sus condolencias a la familia.
¿Por qué ha sido exculpado el IbSalut?
El tribunal consideró que la reacción a la anestesia fue imprevisible e inevitable, y que los padres ya habían sido informados de los riesgos en el consentimiento de la primera operación.
¿Qué pasó con el documento de consentimiento del anestesista?
No constaba en el expediente administrativo, pero el tribunal valoró que los padres habían firmado un consentimiento similar en la operación anterior donde sí se detallaban los riesgos.
¿Pueden los padres recurrir la sentencia?
No, la sentencia del TSJB es firme y no cabe recurso ordinario.

